jueves, 22 de noviembre de 2007

DGA Acusa a Endesa Chile y AES Gener de Atentar Contra la Libre Competencia.


Noticia. Estrategia On line, 21 de Noviembre 2007.

Ambas eléctricas desistieron de solicitudes en los ríos Manso y Bueno, con el fin de evitar el remate de estos y así adjudicárselos directamente.

A través de un informe a la FNE, la DGA, sostuvo que entre las eléctricas Endesa Chile y AES Gener, existiría un "presunto acuerdo", que "impide, restringe o entorpece la libre competencia".

De acuerdo a la DGA, encabezada por Rodrigo Weisner, el 21 de junio de 1989, "la Compañía Chilena de Generación Eléctrica, actualmente AES Gener, ingresó una solicitud de aprovechamiento no consuntivo sobre aguas superficiales y corrientes, en el Río Manso". El 26 de julio de ese año, Endesa Chile ingresó una solicitud en el mismo lugar, ubicado en la provincia de Llanquihue, en la X Región.

Dado que "ambas solicitudes cumplieron con las publicaciones correspondientes y dentro del plazo legal", la DGA realizó los estudios, que arrojaron que "no existen los recursos hídricos suficientes para satisfacer ambos requerimientos", ante lo cual "procede el remate de dichos derechos", detalla el informe.
No obstante, el 7 de septiembre de 2006, AES Gener desistió de la solicitud de los derechos de aprovechamiento, concretándose esto el 15 de septiembre de 2007.
Antes, el 11 de septiembrehttp://www.blogger.com/img/gl.link.gif, la DGA estableció las bases del remate de los derechos del río Manso, tras lo cual Endesa Chile interpuso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, "un recurso de reclamación en contra de la resolución que estableció las bases del remate".

Sin embargo, el informe de la DGA agrega que "además del desistimiento presentado por Gener, respecto a su solicitud sobre el Río Manso, en el remate respecto de las solicitudes sobre el Río Bueno, y en el cual los solicitantes son, Endesa Chile, y Compañía Chilena de Generación Eléctrica, actualmente AES Gener; la filial de Enersis, con fecha 7 de septiembre de 2005, desistió formalmente de su solicitud".

A juicio de la DGA, tal acción "supone un presunto acuerdo entre ambos", cuyo objetivo sería "evitar la realización de los remates correspondientes, y logrado aquello, posteriormente repartirse entre ambos los recursos hídricos existentes en los ríos Manso y Bueno, vulnerado abiertamente las normas del Código de Aguas".


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